La directora de Trabajo, Karina Gómez, tuvo a su cargo brindar informaciones detalladas en relación al régimen especial para algunos sectores como la gastronomía, eventos, entre otros, sobre el porcentaje de aporte patronal al Instituto de Previsión Social (IPS), debido a la pandemia por covid-19.
Gómez señaló el Poder Ejecutivo estableció una medida que ha generado un impacto dentro del régimen de seguridad social, mediante el Decreto Nº 5299 que determinó que las empresas de sectores gastronómicos, eventos, hotelería, agencias de turismo y entretenimiento, aporten este año al IPS solo 2,5%, en vez de los 16,5% de aporte patronal, mientras que el aporte obrero se mantiene en 9%.
La directora de Trabajo manifestó que esta situación permitirá que muchas micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) puedan formalizarse, se inscriban en el Ministerio de Trabajo, donde existe un periodo de exoneración de multas por inscripción tardía, por la no presentación de planillas laborales anuales y comunicación de movimiento de empleados. Dijo que mediante la formalización sus trabajadores podrán tener acceso al servicio de protección por parte de IPS como son los subsidios por suspensión de contratos, de vulnerabilidad, por covid-19 positivo y también por aislamiento preventivo por esta enfermedad.
Informó que la medida gubernamental brinda la posibilidad a todas las empresas que se hayan
inscripto en la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) hasta diciembre del 2020 y que aún no se han formalizado, acceder al beneficio de pagar solo el 2,5% del aporte patronal este año.
Por su parte la técnica Vidalina Bacelar, de la Dirección de Registro Obrero Patronal, informó sobre el alcance de la Resolución Nº 539/21 que beneficia a las mipymes para exonerar las multas por no haber realizado la inscripción patronal, presentación de planillas laborales anuales y comunicación de movimiento de empleados ante el Ministerio de Trabajo.
Bacelar explicó el proceso para registrar a las mipymes de manera digital a través de la página web del Ministerio de Trabajo. Una vez realizado este paso y para acceder a la exogenaración de multas deben remitir una nota dirigida al viceministro de Trabajo o al director de Registro Obrero Patronal para solicitar la exoneración mencionando el RUC, nombre de la empresa y número patronal, firmada por los propietarios o representantes legales con copia de cédula de identidad. Asimismo deberá presentar el último nivel de facturación anual de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), última planilla de pago a IPS, copia de constancia de RUC; sino no cuenta con los documentos de la SET e IPS, pueden presentar la cédula mipymes. También deberá anexar copia de cuestionario del curso de capacitación aprobado por la Dirección de Registro Obrero Patronal.
También participaron de la emisión de Canal Ciudadano la titular de la Dirección General de Empleo, Silvana Pappalardo, y Rossana Giménez, encargada de despacho del Departamento de Dictámenes de Relaciones Laborales del Mtess. Pappalardo se refirió a las ventajas de la formalización de las mipymes, y Giménez habló sobre la correcta elaboración de reglamentos internos de las empresas, conforme al Código del Trabajo, decretos y resoluciones.
Este
espacio denominado Canal Ciudadano, tiene como objetivo establecer
una comunicación con la población, sobre todo, con los trabajadores
y empleadores, para informar de los diversos servicios que ofrece el
Ministerio de Trabajo, de las políticas laborales vigentes en el
marco de la emergencia sanitaria, así como esclarecer dudas y
consultas sobre procedimientos varios y ofrecer respuestas en el
momento de la transmisión.
Dirección de Difusión de Información Institucional
Publicado: 20/05/2021 03:01:p. m.