En solo un día se confirmaron los nuevos 65 puestos laborales para los jóvenes que trabajarán como aprendices en un banco de plaza y sus contratos serán homologados por el Ministerio de Trabajo, tal como lo establece la Ley. Con esta cantidad, desde que se implementó la cuarentena por COVID-19 en el país, suman un total de 553 nuevos empleos para el sector juvenil.
El Contrato de Aprendizaje se estableció en el artículo 105 del Código del Trabajo, el que fue modificado por el artículo 1º de la Ley 496/95, así como el artículo 106 del mismo Código, y con la resolución 1234/19 emitida por el Ministerio de Trabajo en abril del año pasado, se agilizaron los trámites, brindando mayor facilidad para el registro de los contratos, sobre todo de los adolescentes de 16 y 17 años, conforme a las disposiciones del Código de la Niñez y Adolescencia. También pueden ser contratados mayores de 18 años en esta modalidad hasta cumplir 25 años.
Los trabajadores juveniles en esta modalidad deben recibir una remuneración no inferior al 60% del salario mínimo legal vigente y tienen que estar inscriptos en el seguro social obligatorio del Instituto de Previsión Social (IPS), siendo la base imponible el salario percibido. Este tipo de contrato puede tener un vínculo laboral de entre y 1 a 3 años.
OTROS CONTRATOS
Entre las diversas modalidades que existen para que las empresas contraten a sus trabajadores existen también el contrato de trabajo a tiempo parcial, contrato de jornalero y el contrato por tiempo determinado. Todos los contratos tienen como finalidad la protección de los derechos de los trabajadores.
Dirección de Difusión de Información Institucional
Publicado: 21/08/2020 08:03:a. m.