La modalidad de contrato a tiempo parcial establece una jornada laboral mínima de 16 horas semanales de trabajo y un máximo de 32 horas semanales. La Ley define como empleo a tiempo parcial al vínculo laboral entre trabajadores y empleadores del sector privado, con el objeto de la realización de un trabajo por tiempo indeterminado, continuo, discontinuo u ocasional y se garantiza la protección de los trabajadores en cuanto a las condiciones de trabajo y del seguro social. Reciben el salario según la cantidad de horas trabajadas.
APRENDICES
En cuanto a la modalidad de contrato de aprendizaje, la Dirección de Trabajo informó que en este año, 839 jóvenes ingresaron al mundo laboral como aprendices y 305 renovaron sus contratos. Los jóvenes que están trabajando en esta modalidad tienen derecho a recibir una remuneración no inferior al 60% del salario mínimo legal vigente y deben estar inscriptos en el sistema de seguridad social. Los contratos de aprendizajes son celebrados para la orientación y formación de las personas trabajadoras a partir de los 16 años conforme a las disposiciones del Código de la Niñez y Adolescencia, y también pueden ser contratados mayores de 18 hasta los 25 años. El vínculo laboral para el aprendizaje pueden tener una vigencia de 1 año y excepcionalmente puede prolongarse hasta 3 años.
Publicado: 23/09/2021 01:10:p. m.