La Dirección de Registro Obrero Patronal, informó que 150 mipymes presentaron la solicitud de exoneración de multas. Explicó que conforme a la Resolución Nº 539/21 podrán ser beneficiadas las mipymes que no hayan la realizado la inscripción patronal, presentación de planillas laborales anuales y comunicación de movimiento de empleados. Al presentar el pedido deben indicar cual o cuales exigencias no cumplieron y requieren de la exoneración.
Las
empresas deben remitir una nota dirigida al viceministro de Trabajo,
Luis Orué o al director de Registro Obrero Patronal, Rubén Roa para
solicitar la exoneración mencionando el RUC, nombre de la empresa y
número patronal, firmada por los propietarios o representantes
legales con copia de cédula de identidad. Asimismo deberá presentar
el último nivel de facturación anual de la Subsecretaría de Estado
de Tributación (SET), última planilla de pago a IPS, copia de
constancia de RUC; sino no cuenta con los documentos de la SET e IPS,
puede presentar la cédula mipymes. También deberá anexar copia de
cuestionario del curso de capacitación aprobado por la Dirección de
Registro Obrero Patronal, otro de los requisitos que se debe
cumplir.
Para realizar la inscripción patronal se debe ingresar
en la página web del Ministerio de Trabajo en el siguiente enlace:
https://mtess.gov.py/direccion-de-registro-obr...
.
La
presentación de los documentos para solicitar la exoneración se
realiza a través de la mesa de entrada en línea que se encuentra en
la página web del Mtess:
https://tramites.mtess.gov.py/online/documento_add...
Más datos
sobre la formación y exoneración de mipymes se puede encontrar en
el siguiente enlace:
https://mtess.gov.py/formalizacion/formalizaci....
Dirección de Difusión de Información Institucional
Publicado: 13/05/2021 03:02:p. m.