A través de la Resolución Nº 539/21 el Ministerio de Trabajo estableció que podrán ser beneficiadas las mipymes que no hayan la realizado la inscripción patronal, presentación de planillas laborales anuales y comunicación de movimiento de empleados. Al presentar el pedido deben indicar cual o cuales exigencias no cumplieron y requieren de la exoneración.
Para tener acceso al beneficio las empresas deben remitir una nota dirigida al viceministro de Trabajo, Luis Orué o al director de Registro Obrero Patronal, Rubén Roa, para solicitar la exoneración mencionando el RUC, nombre de la empresa y número patronal, firmada por los propietarios o representantes legales con copia de cédula de identidad. Asimismo deberán presentar el último nivel de facturación anual de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), última planilla de pago a IPS, copia de constancia de RUC; sino no cuentan con los documentos de la SET e IPS, pueden presentar la cédula mipymes. También deberán anexar copia de cuestionario del curso de capacitación aprobado por la Dirección de Registro Obrero Patronal, otro de los requisitos que deben cumplir indefectiblemente.
Las empresas que aún no están registradas y quieren acogerse al beneficio deberán inscribirse primero en el Ministerio de Trabajo en el siguiente enlace: https://mtess.gov.py/direccion-de-registro-obr.... La presentación de los documentos para solicitar la exoneración se realiza a través de la mesa de entrada en línea que se encuentra en la página web del Mtess: https://tramites.mtess.gov.py/online/documento_add....
Más datos sobre la formalización y exoneración de mipymes se puede encontrar en el siguiente enlace: https://mtess.gov.py/formalizacion/formalizaci....
BAJÓ SUSPENSIÓN DE CONTRATOS
Por otro lado, la Dirección de Registro Obrero Patronal del Mtess, informó que la cantidad de solicitud de suspensión de contratos laborales de las empresas disminuyó sustancialmente en las últimas tres semanas de este mes de mayo.
Conforme a los datos brindados por esta dependencia de la cartera de Estado, del 3 al 9 de mayo solicitaron la suspensión de contratos 237 empresas para un total de 969 trabajadores; en la siguiente semana, del 10 al 16 de mayo 191 empresas realizaron el pedido para 811 empleados, y del 17 al 20 de este mes, 155 firmas solicitaron la suspensión de contratos para 477 trabajadores.
El Ministerio de Trabajo inició en la segunda quincena del mes abril presentó el Sistema de Formalización de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), a través de la exoneración de multas. A esta posibilidad de formalización se sumó el régimen transitorio de aporte patronal menor al Instituto de Previsión Social (IPS) en el presente año, que beneficia a los sectores gastronómicos, eventos, hotelero, agencias de turismo y entretenimientos, considerados como los más afectados por la pandemia de COVID-19. Estas medidas implementadas por el Gobierno a través del Ministerio de Trabajo y el Instituto de Previsión Social (IPS) ayudaron a las empresas a tener oxigenación económica para contener a sus trabajadores y seguir trabajando cumpliendo los protocolos sanitarios para evitar el contagio del coronavirus.
Dirección de Difusión de Información Institucional
Publicado: 28/05/2021 05:15:p. m.