Ministerio de Trabajo asesora a empresas sobre modalidades contractuales

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess), a través de su Dirección de Trabajo realiza asesoramiento de las empresas que deseen contratar a los trabajadores en este periodo de emergencia sanitaria, sobre las diversas modalidades contractuales que se pueden aplicar entre las firmas empleadoras y los trabajadores.

Entre las diversas modalidades que existen para que las empresas contraten a sus trabajadores existen el contrato de trabajo a tiempo parcial, también el contrato de aprendizaje, el que establece condiciones de relacionamiento entre los trabajadores y las empresas, para un periodo de prueba para aprender el oficio que están estudiando. Asimismo están los contratos para jornaleros y por tiempo determinado.

El año pasado el Poder Ejecutivo dispuso la reglamentación de la Ley N° 6339 que regula el empleo a tiempo parcial, que establece un mínimo de 16 horas y un máximo de 32 horas semanales de trabajo. La mencionada Ley define como empleo a tiempo parcial al vínculo laboral entre trabajadores y empleadores del sector privado, con el objeto de la realización de un trabajo por tiempo indeterminado, continuo, discontinuo u ocasional.

El objetivo de la norma es garantizar la protección de los trabajadores a tiempo parcial en cuanto a las condiciones de trabajo y de la seguridad social. La regulación del trabajo de este segmento constituye el resultado del proceso de reflexión y dialogo social desarrollado por el Gobierno, juntamente con las organizaciones empresariales y sindicales, que fue consensuado a través del Consejo Consultivo Tripartito para el establecimiento de los principales fundamentos de esta modalidad contractual, en la búsqueda del mejoramiento de las condiciones laborales de los trabajadores a tiempo parcial.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) junto al Instituto de Previsión Social (IPS), son las instituciones encargadas de velar por el estricto cumplimiento de la norma y de las reglamentaciones que correspondan al ámbito laboral y de seguridad social. Las disposiciones no contempladas en la presente reglamentación se rigen por el Código del Trabajo y la Ley 6339 que regula el empleo a tiempo parcial.

También está vigente la figura de Contrato de Aprendizaje que son celebrados para la orientación y formación de las personas trabajadoras a partir de los 16 a 25 años. En esta modalidad de contrato los jóvenes reciben una remuneración no inferior al 60% del salario mínimo legal vigente y tienen que estar inscriptos en el seguro social obligatorio del Instituto de Previsión Social (IPS), siendo la base imponible el salario percibido. Los contratos de aprendizajes pueden tener una vigencia de 1 año y excepcionalmente puede prolongarse hasta 3 años.


Dirección de Difusión de Información Institucional

Publicado: 31/07/2020 06:41:a. m.