✅ Para pagos al contado de la totalidad de la deuda: exoneración de la totalidad de los intereses moratorios, según liquidación de deuda expedida por la Dirección General de Asesoría Jurídica.
✅ Fraccionamiento
de la obligación hasta en 24 cuotas con tasa del 0,5% mensual sobre
el capital.
✅La
vigencia del Régimen Especial es hasta el 31 de diciembre del 2020.
Es muy importante tener presente que para la
expedición del Certificado de Cumplimiento Laboral (CCL) es
necesario encontrarse al día con las obligaciones laborales. La
adhesión al presente Régimen Excepcional y Transitorio posibilitará
la expedición del CCL
Para
mayor información contactar a los números 0994-339304,
0981-885905 o al 0981-235010
Dirección de Difusión de Información Institucional
Publicado: 02/07/2020 06:45:a. m.