Bacigalupo reiteró que su pedido obedece a que más de 19 mil trabajadores siguen en estado de suspensión, y que “ya son 190 empresas las que solicitan la ampliación de suspensión de los contratos de trabajo, incluso hasta el mes de febrero del 2021.
“Ante la necesidad actual que se proyecta pedidos de suspensión hasta el año que viene y ante la incertidumbre causada por los picos de contagios alegados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, solicitamos expresamente se presente un proyecto de modificación de la ley de Emergencia previendo las extensión del pago de compensaciones económicas integrales a trabajadores formales, por el tiempo de duración de la pandemia. Esto implicará la ejecución total de los fondos asignados originalmente y la asignación de recursos adicionales si fuese necesario”, resaltó la ministra.
Cabe recordar que el Programa de Protección de Trabajadores Formales, encarado por el Gobierno ha sido destacado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y otros organismos nacionales e internacionales por su alto impacto en el empleo formal. Tal es así que del examen del comportamiento de la nómina formal se denota claramente una pérdida de un poco mas de 20 mil trabajadores formales hasta ahora, sin embargo este número podría duplicarse de no extenderse este programa, por unos meses más, hasta que se recupere el nivel de consumo y retornen todas las actividades.
Estas declaraciones brindó luego de la reunión mantenida en forma virtual con representantes del Ministerio de Hacienda, IPS, Asociación de Universidades Privadas del Paraguay, Ministerio de Educación y Ciencias, gastronómico, turismo, eventos, entre otros.
Hasta el momento se han realizado 6.861 pagos de compensaciones a trabajadores suspendidos en el sector educativo, lo que representa el 7% del total de suspensiones, que representan 7.200 millones de guaraníes. El IPS ejecutará al cierre del mes de diciembre el 67,49% del total de los fondos destinados por Ley de Emergencia. La consigna es seguir protegiendo el empleo formal e iniciar la reactivación cuando las condiciones sanitarias lo permitan en los sectores que aún siguen con dificultades para volver a la actividad económica.
AGUINALDO
Por otra parte el Mtess había solicitado al IPS (Instituto de Previsión Social) el pago del aguinaldo a los trabajadores formales suspendidos en sus contratos por la la Ley de Emergencia sanitaria.
En noviembre pasado se realizó el 7° pago de la compensación económica por la suspensión de contratos de trabajo. El pago se efectivizó por las ventanillas del Banco Nacional de Fomento (BNF) o depósito en cuenta de tarjetas de débito. Las compensaciones económicas representan el 50% del salario mínimo, lo que equivale 1.096.000 guaraníes.
Además se tiene proyectado abonar el 8°° pago en diciembre en concepto de aguinaldo.
Según el Código Laboral, el aguinaldo es una parte de todos los pagos percibidos en el año por parte del trabajador o la trabajadora, en concepto de salario, horas extras, comisiones u otros.
El aguinaldo es inembargable, lo que implica que de este beneficio no se pueden descontar las deudas, pese a que las haya. El aguinaldo es un derecho y el empleador tiene tiempo de abonar hasta el 31 de diciembre.Publicado: 02/12/2020 04:33:p. m.