Ministerio de Trabajo y Global Infancia se unen para decir: el criadazgo #NoEsNormal

El acto de lanzamiento de la
campaña de concienciación se realizó
en
el local
de
la
librería Maita, situad
o
en la calle 25 de Mayo esquina México
,
Asunción.
Asistieron
Mariela Gómez, directora general
de la Dirección de Protección de Niñez y Adolescencia del Mtess;
Marta
Benítez, directora ejecutiva de Global Infancia,
entre otras autoridades.

La
campaña se realiza en el marco del proyecto “Creando vínculos de
prevención y protección, fortalecimiento
de las organizaciones de niños, niñas y adolescentes organizados e
instituciones para la prevención del trabajo infantil doméstico”.
El objetivo es desalentar la práctica del criadazgo divulgando las
condiciones dañinas en que se encuentran los niños, niñas y
adolescentes que viven en dicha situación, la manera cómo estas
transgreden sus derechos e interfieren en su desarrollo como
personas.

El
llamado a terminar con esta práctica será de alcance nacional. Para
la difusión de la campaña se emplearán redes sociales y otros
canales digitales. También se hará uso de historietas enfocadas a
niños, niñas y adolescentes, además de acciones sobre el tema en
la vía pública. El Ministerio de Trabajo y Global Infancia, con el
apoyo del Fondo Canadiense para Iniciativas Locales (FCIL) en
Paraguay, llevan adelante la iniciativa el
criadazgo #NoEsNormal.

Conforme
a los datos de la Dirección General de Estadísticas y Censos, en
Paraguay 46.993 niñas, niños y adolescentes, están bajo el régimen
de criadazgo (DGEEC et al., 2011). El Departamento Central concentra
el mayor porcentaje (31%) de los niños y niñas de 5 a 17 años en
trabajo infantil doméstico, mientras que en Alto Paraná llega al
10,8%.

El
criadazgo vulnera varias leyes nacionales e internacionales con
respecto a la protección de la infancia. Entre ellas se encuentran
artículos de la Constitución Nacional, del Código de la Niñez y
Adolescencia, además de otros tratados internacionales que han sido
ratificados por Paraguay.
La edad mínima de
admisión al empleo en nuestro país está estipulada en la Ley
2.332/04, que es aprobada por el Convenio 138 de la OIT, y en la que
está definida en
14 años. Esta es la edad aplicada como la mínima para la
generalidad del trabajo que corresponde a adolescentes, no a niños o
a niñas.


Tomada como una medida de
supervivencia en muchas familias en la pobreza y extrema pobreza, el
criadazgo ha representado históricamente una medida de supervivencia
y la oportunidad de que uno de sus miembros se alimente y asista a la
escuela. Por las condiciones adversas, estos hogares entregan a sus
hijos e hijas, ya siendo pequeños o en la adolescencia, a otras
personas con la esperanza de asegurarles principalmente techo y
educación, pero en muchísimos casos estos objetivos no se consiguen.