Ministerio de Trabajo implementa nuevo reglamento para la expedición del Certificado Laboral

El Ministerio de Trabajo puso en vigencia el nuevo Reglamento para la Expedición del Certificado Laboral, aprobado mediante la Resolución MTESS N.º 781/2025. Con esta disposición, vigente desde el 1 de octubre, la emisión del documento pasa a realizarse de forma digital y automática a través del Sistema de Registro Obrero Patronal (REOP), lo que garantiza mayor agilidad, transparencia y eficiencia en el proceso.

El Certificado Laboral es un documento emitido por el Ministerio de Trabajo que tiene como finalidad certificar si un empleador posee o no multas pendientes de pago.

La solicitud se efectúa en línea, utilizando las credenciales del REOP, y el certificado se genera de manera inmediata para todos los números patronales asociados al RUC de la empresa.

El documento detalla la existencia o inexistencia de multas relacionadas con la inscripción patronal, presentación de planillas laborales, comunicaciones obligatorias y sumarios administrativos, y tiene una validez de 90 días corridos a partir de su fecha de emisión.

En cuanto a los costos, estos se establecen de acuerdo con el tamaño de la empresa:
• Hasta 10 trabajadores: 1 jornal mínimo.
• De 11 a 30 trabajadores: 2 jornales mínimos.
• De 31 a 50 trabajadores: 3 jornales mínimos.
• Más de 50 trabajadores: 4 jornales mínimos.

El Certificado Laboral puede emitirse con la condición de “CUMPLE” o “NO CUMPLE”, según el grado de cumplimiento de las obligaciones del empleador.
Este nuevo reglamento facilita a las empresas la presentación del Certificado Laboral ante organismos públicos y privados, impulsa la formalización del empleo y contribuye a la seguridad jurídica en las relaciones laborales, además de impulsar un sólido control interno en la gestión empresarial para evitar incumplimientos administrativos o laborales.

El MTESS recuerda a los empleadores la importancia de mantener este documento actualizado para respaldar el cumplimiento de la normativa vigente.