El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) realizó una fiscalización de oficio en una obra de construcción ubicada en la ciudad de Asunción, a raíz de un accidente laboral que derivó en el fallecimiento de un trabajador.
En el marco de la intervención, se emitieron dos órdenes de inspección: una dirigida a la empresa empleadora del trabajador fallecido y otra a la firma responsable de la obra en su conjunto, ambas pertenecientes al rubro de la construcción.
Asimismo, el Ministerio de Trabajo solicitó informes al Ministerio Público y a la Comisaría 6.ª, con el objetivo de esclarecer las circunstancias del hecho y determinar las responsabilidades correspondientes, conforme a la normativa vigente.
Medidas de seguridad obligatorias para trabajos en altura
El MTESS recuerda la obligatoriedad de cumplir con las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo en obras de construcción, especialmente en tareas que impliquen trabajos en altura.
Equipos de Protección Individual (EPI) – Uso obligatorio:
- Arnés de cuerpo completo (a partir de los 2 metros de altura)
- Sistemas de amarre y anclaje
- Casco de seguridad
- Calzado antideslizante
- Ropa de trabajo y demás elementos de protección personal
Sistemas de Protección Colectiva – De aplicación prioritaria:
- Barandas y rodapiés
- Pasos y pasarelas seguras
- Andamios adecuados
- Plataformas antideslizantes
Supervisión permanente:
Las empresas deben designar un responsable de seguridad, encargado de supervisar el cumplimiento de las medidas preventivas y el uso correcto de los equipos de protección.

