La nueva reglamentación establece un enfoque preventivo, fija obligaciones para las empresas y fortalece el rol de supervisión del Ministerio de Trabajo.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) presentó este martes una nueva reglamentación administrativa para la prevención, atención, investigación y respuesta ante situaciones de discriminación, violencia y acoso en el mundo del trabajo, que establece estándares mínimos de actuación para las empresas del sector privado y refuerza el rol del Estado en la supervisión de su cumplimiento.
La normativa reemplaza a la Resolución MTESS N.º 388/2019 y marca un cambio de enfoque en la política pública laboral, pasando de un modelo principalmente reactivo —centrado en actuar una vez ocurrido el hecho— hacia un modelo preventivo, que busca anticipar, detectar y gestionar estas situaciones dentro de los entornos laborales.
La actualización responde a un diagnóstico institucional que evidencia un aumento sostenido de consultas relacionadas con situaciones de violencia y acoso laboral, junto con una baja formalización de denuncias y la ausencia, en muchos espacios de trabajo, de instrumentos claros para canalizar estos casos de manera adecuada.
Durante el lanzamiento, la ministra de Trabajo, Mónica Recalde, explicó que el nuevo instrumento busca ofrecer a las empresas herramientas claras para prevenir y abordar situaciones de violencia en el ámbito laboral. “Este protocolo establece un enfoque preventivo y permite a las empresas identificar y actuar ante situaciones de acoso sexual, acoso laboral o maltrato psicológico dentro de los espacios de trabajo”, señaló.
“La violencia y la discriminación en el mundo del trabajo siguen siendo una realidad que afecta especialmente a muchas mujeres trabajadoras. Con este protocolo damos un paso importante para que las empresas cuenten con herramientas claras para prevenir, investigar y actuar frente a estas situaciones”, expresó la ministra de Trabajo.
La presentación del protocolo se realizó en el marco de un desayuno de trabajo convocado por el Ministerio de Trabajo en conmemoración del Día Internacional de la Mujer, que reunió a representantes de distintos sectores vinculados al mundo laboral y a la promoción de entornos laborales libres de violencia.
Participaron autoridades del Gobierno, del sistema de justicia, organismos internacionales, academia, gremios empresariales, organizaciones sindicales y organizaciones de la sociedad civil, en un espacio de diálogo orientado a fortalecer la prevención de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.
El encuentro permitió presentar los principales lineamientos del nuevo marco normativo y recoger aportes de los distintos sectores, resaltando la importancia del trabajo conjunto para avanzar hacia entornos laborales más seguros, igualitarios y libres de violencia.
Nuevas obligaciones para las empresas
La reglamentación establece estándares mínimos de prevención que deberán formar parte de la gestión interna de las empresas. Entre ellos se incluyen políticas de tolerancia cero frente a la violencia y el acoso, acciones de capacitación y sensibilización, canales claros y seguros de denuncia, mecanismos de investigación y medidas de resguardo para las personas involucradas.
Asimismo, las empresas deberán designar una instancia responsable de aplicar el protocolo, que podrá ser una persona, comité o área específica según el tamaño y la organización de cada institución.
La regulación adopta además un criterio proporcional según el tamaño de la empresa. Las compañías con más de diez trabajadores deberán elaborar e implementar un protocolo interno de prevención, atención e investigación. En tanto, las empresas con hasta diez trabajadores deberán contar con una declaración escrita de tolerancia cero, difundirla entre el personal y aplicar el procedimiento de investigación previsto en la reglamentación cuando se presenten denuncias.
Procedimientos claros y protección de las personas
El nuevo marco normativo también ordena el procedimiento interno de investigación, incorporando principios como confidencialidad, imparcialidad, celeridad, no revictimización y respeto a la dignidad de las personas involucradas.
Las empresas deberán iniciar las investigaciones dentro de los tres días hábiles de recibida una denuncia y comunicar al MTESS las medidas de resguardo adoptadas durante el proceso.
La normativa distingue además entre medidas de resguardo, medidas correctivas y sanciones disciplinarias, estableciendo herramientas para proteger a las personas afectadas, corregir condiciones organizacionales que favorecen estos hechos y aplicar sanciones cuando corresponda conforme al Código del Trabajo.
Mayor rol del Ministerio de Trabajo
La nueva reglamentación fortalece la participación del MTESS, que podrá recibir denuncias directamente, supervisar la existencia y aplicación de los protocolos en las empresas y sancionar incumplimientos relacionados con las obligaciones preventivas y procedimentales.
Asimismo, cuando las denuncias involucren directamente al empleador o a la máxima autoridad de la empresa, el Ministerio tendrá una intervención directa en la tramitación e investigación de los casos.
Un cambio de paradigma
La nueva regulación también introduce innovaciones conceptuales al reconocer el impacto que puede tener la violencia doméstica en el ámbito laboral, así como situaciones de violencia ejercidas por terceros ajenos a la relación laboral, como clientes, usuarios o proveedores, incorporando estos factores dentro del enfoque preventivo.
Los lineamientos entrarán en vigencia el 1 de julio de 2026, y las empresas contarán con un plazo de seis meses para adecuar sus reglamentos internos o adoptar los instrumentos correspondientes.
Con esta actualización normativa, el MTESS busca fortalecer la prevención, mejorar los mecanismos de actuación frente a estas situaciones y promover entornos laborales más seguros, respetuosos y libres de violencia.
Documento disponible en: https://www.mtess.gov.py/wp-content/uploads/2026/03/Resolucion-MTESS-N%C2%B0-195-Protocolo-de-violencia-laboral.pdf

