El Poder Ejecutivo estableció un reajuste del 5% del salario mínimo legal para los trabajadores del sector privado, mediante el Decreto N° 6225, que dispone la actualización de los sueldos y jornales mínimos a partir del 1 de julio de 2026.
Con esta medida, el salario mínimo para actividades diversas no especificadas asciende a G. 3.044.000 mensuales, mientras que el jornal mínimo queda fijado en G. 117.077.
El reajuste fue determinado conforme a las recomendaciones del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (CONASAM), tras el análisis de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), el comportamiento de la economía nacional y las propuestas presentadas por los sectores de trabajadores y empleadores.
La actualización del salario mínimo tiene como objetivo acompañar la evolución económica del país, contribuir a la recuperación del poder adquisitivo de los trabajadores y fortalecer las condiciones de ingreso, garantizando el derecho a una remuneración justa y acorde a la realidad económica nacional.
El Ministerio de Trabajo recuerda a los trabajadores que, en caso de no recibir el reajuste correspondiente en el salario del mes de julio, pueden presentar sus denuncias ante la institución, ya sea de manera presencial en la sede central de Asunción o en las oficinas regionales.
Asimismo, las denuncias pueden ser realizadas a través de la página web institucional o mediante el servicio de WhatsApp habilitado al número 0993 308 100.

