Gómez explicó que el empleo a
tiempo parcial establece un mínimo de 16 horas de trabajo y un
máximo de 32 horas semanales de actividad. El empleo a tiempo
parcial es un vínculo laboral entre trabajadores y empleadores del
sector privado, con el objeto de la realización de un trabajo por
tiempo indeterminado, continuo, discontinuo u ocasional.
Mediante
esta modalidad se garantiza la protección de los trabajadores a
tiempo parcial en cuanto a las condiciones de trabajo y de la
seguridad social. La regulación del trabajo de este segmento
constituye el resultado del proceso de reflexión y dialogo social
desarrollado por el Gobierno, juntamente con las organizaciones
empresariales y sindicales, que fue consensuado a través del Consejo
Consultivo Tripartito para el establecimiento de los principales
fundamentos de esta modalidad contractual, en la búsqueda del
mejoramiento de las condiciones laborales de los trabajadores a
tiempo parcial.
El
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) junto al
Instituto de Previsión Social (IPS), son las instituciones
encargadas de velar por el estricto cumplimiento de la norma y de las
reglamentaciones que correspondan al ámbito laboral y de seguridad
social. Las disposiciones no contempladas en la reglamentación se
rigen por el Código del Trabajo y la Ley 6339 que regula el empleo a
tiempo parcial.
La
directora de Trabajo explicó que este tipo de contrato debe
establecerse por escrito entre las partes y que no es necesario estar
homologado por el Ministerio de Trabajo. Excluye a los docentes
públicos y privados, el personal de blanco y trabajadores del sector
transporte.
