CONTRATO DE APRENDIZAJE

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Está regulado por el Codigo Laboral y la Resolución Nº 1159/19 que está publicada en www.mtess.gov.py.

Permite contratar a adolescentes y jóvenes entre 16 y 29 años para trabajar como aprendices durante un año prorrogable por un periodo mas. Si son menores de edad deberán contar con el certificado expedido por la CODENI.

Los aprendices menores de edad podrán trabajar hasta 6 horas diarias y percibir no menos del 60% del salario mínimo. Los jóvenes de 18 a 25 años podrán trabajar 8 horas y percibir no menos del 60 % del salario mínimo y horas extraordinarias. En todos los casos, los aprendices deberán contar con IPS y estar registrados en la Dirección de Registro Obrero Patronal del MTESS. Los contratos más los cronogramas de enseñanza serán homologados por la Dirección de Trabajo en 48 horas de haber recibido la solicitud.

El aporte patronal se abona sobre el monto efectivamente abonado como salario.

Esta modalidad también cuenta con el Sistema Dual, en el que el Cronograma de Aprendizaje está articulado y ejecutado en parte por el SNPP. El Sistema Dual se basa en el contrato de aprendizaje y tiene una duración promedio de 2 años.


Publicado: 29/04/2021 08:57:a. m.