Ministerio de Trabajo insta a denunciar incumplimiento del reajuste del salario mínimo

El Ministerio de Trabajo recuerda a los trabajadores del sector privado que el salario mínimo legal vigente debe ser abonado con el reajuste del 5% establecido para el año 2026. El pago correspondiente a este incremento debe aplicarse en la liquidación salarial de fin de mes.

El nuevo salario mínimo general para actividades diversas no especificadas quedó fijado en G. 3.044.000, conforme al Decreto N.º 6225, mientras que los salarios mínimos correspondientes a actividades especificadas fueron actualizados mediante la Resolución MTESS Nº 670/2026.

La cartera laboral insta a los trabajadores a verificar que sus empleadores hayan aplicado correctamente el reajuste. En caso de incumplimiento, pueden presentar su denuncia ante el MTESS utilizando cualquiera de los canales institucionales habilitados, sea de manera presencial en la sede de Herrera y Paraguarí, Asunción; en las Oficinas Regionales de Trabajo distribuidas en las principales capitales departamentales; a través de la Web Institucional; y a través del WhatsApp (0993) 308 100.

El incumplimiento de esta obligación por parte del empleador constituye una infracción laboral y puede generar la aplicación de multas de hasta 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado, además de la obligación de abonar las diferencias salariales adeudadas.