La Dirección de Registro Obrero
Patronal, informó que hasta el viernes 4 de junio, 505 mipymes
presentaron la solicitud de exoneración de multas. Conforme a la
Resolución Nº 539/21 podrán ser beneficiadas las mipymes que no
hayan realizado la inscripción patronal, presentación de planillas
laborales anuales y comunicación de movimiento de empleados. Al
presentar el pedido deben indicar cual o cuales exigencias no
cumplieron y requieren de la exoneración.
Las empresas deben
remitir una nota dirigida al viceministro de Trabajo, Luis Orué o al
director de Registro Obrero Patronal, Rubén Roa, para solicitar la
exoneración mencionando el RUC, nombre de la empresa y número
patronal, firmada por los propietarios o representantes legales con
copia de cédula de identidad. Asimismo deberán presentar el último
nivel de facturación anual de la Subsecretaría de Estado de
Tributación (SET), última planilla de pago a IPS, copia de
constancia de RUC; sino no cuentan con los documentos de la SET e
IPS, pueden presentar la cédula mipymes. También deberá anexar
copia de cuestionario del curso de capacitación aprobado por la
Dirección de Registro Obrero Patronal, otro de los requisitos que se
debe cumplir.
Cabe
resaltar también que desde el 31 de mayo al 4 de junio se
registraron 158 nuevas patronales que emplean a un total de 128
empleados, de los cuales 80 son hombres y 48 son mujeres.
Las
empresas que aún no están registradas y quieren acogerse al
beneficio deberán inscribirse primero en el Ministerio de Trabajo en
el siguiente enlace:
https://www.mtess.gov.py/direccion-de-registro-obr….
La presentación de
los documentos para solicitar la exoneración se realiza a través de
la mesa de entrada en línea que se encuentra en la página web del
Mtess: https://tramites.mtess.gov.py/online/documento_add….
Más
datos sobre la formalización y exoneración de mipymes se puede
encontrar en el siguiente enlace:
https://www.mtess.gov.py/formalizacion/formalizaci….